Muchas veces nos preguntamos al incrementar nuestra plantilla; ¿Cuál es el coste de contratar a un trabajador? ¿Cuánto recibe de salario neto y cuanto sería el salario bruto a la hora de negociar con él su retribución? En definitiva: ¿Qué coste total tiene para mi empresa el aumentar la plantilla en un trabajador? Vemos las distintas consideraciones al respecto en este post.
¿CUÁNTO CUESTA CONTRATAR A UN EMPLEADO?
La contratación de un trabajador implica dos partidas de coste:
- Sueldo bruto del trabajador: que lógicamente influirá en su sueldo neto, que es el que se lleva a casa a final de mes.
- Seguridad Social a cargo de la empresa: que se determina por los coeficientes de cotización a la Seguridad Social.
Además, debes contemplar el coste de una gestoría laboral que se ocupe de la preparación y presentación de contratos de trabajo, nóminas y cotizaciones sociales.
¿CÓMO CALCULAR EL SUELDO BRUTO DEL TRABAJADOR?
El salario bruto está constituido por:
- Las percepciones salariales en dinero o en especie.
- Las percepciones extrasalariales (cantidades percibidas por prestaciones o indemnizaciones de la Seguridad Social, indemnizaciones por gastos relacionados con la actividad, así como indemnizaciones por traslados, despidos y suspensiones).
Mientras que las percepciones salariales cotizan en la Seguridad Social, las percepciones extrasalariales no lo hacen.
Debes saber que, no puedes pagar lo que quieras a un trabajador. Debes ceñirte a lo que estipule el convenio colectivo de tu sector y Comunidad Autónoma o provincia para su categoría profesional. Debes tener en cuenta que los convenios establecen el salario mínimo por categoría profesional.
Adicionalmente y tras las últimas subidas del Salario Mínimo Interprofesional (SMI – es la cantidad económica mínima bruta anual que un trabajador por cuenta ajena recibe, como sueldo mínimo), el salario mensual no puede ser inferior a 1.000 euros/mes en 14 pagas o traducido a 12 mensualidades 1.166,67 euros/mes.
Pero en muchas ocasiones se pactan salarios superiores dependiendo de la cualificación y experiencia del trabajador y de la competencia que para ese puesto de trabajo haya en el mercado laboral.
Además, el trabajo en fin de semana o las horas extras también están regulados en los convenios y suelen conllevar un incremento adicional del sueldo bruto.
También debes comprobar en el convenio si es obligatorio pagar algún plus de transporte, de antigüedad de peligrosidad; u otros complementos como aportaciones a planes de pensiones o mutuas a favor del trabajador.
CALCULAR EL SUELDO NETO DEL TRABAJADOR
El salario neto es lo que les va a quedar limpio en la nómina a final de mes al trabajador.
Así que, a la hora de negociar con ellos, debes tener muy presente la diferencia entre sueldo bruto y neto y asegurarte de que el trabajador está de acuerdo con tu propuesta.
Para ello, debes tener en cuenta dos partidas que habrá que deducir de su sueldo bruto al preparar la nómina mensual:
- Seguridad Social a cargo del trabajador: se compone de tres partidas:
- La cotización por contingencias comunes (4,70% del sueldo bruto).
- La cotización por formación (0,10%).
- La cotización por desempleo (1,55% en contratos indefinidos, 1,60% en contratos temporales).
En total supone un 6,35% del sueldo bruto.
- Retención del IRPF: es un porcentaje variable que crece en función del volumen de ingresos que hay que deducir de la nómina y que el empresario debe ingresar en Hacienda trimestralmente como anticipo del IRPF a cuenta del trabajador.
El porcentaje depende también de las circunstancias personales (hijos o mayores a cargo del trabajador), pero a modo orientativo puede oscilar entre el 4% para un sueldo bruto de 1.100 euros, al 13% para 2.000 euros, o el 20% o más para 3.000 euros brutos.
COSTE DE LA SEGURIDAD SOCIAL A CARGO DE LA EMPRESA
La Seguridad Social a cargo de la empresa es un coste adicional que el autónomo o la empresa que contrate trabajadores debe pagar a la Seguridad Social, además del sueldo bruto que paga al trabajador.
Se compone de cinco partidas que debes tener muy presentes a la hora de contratar a un trabajador:
- Cotización por contingencias comunes: 23,60% del sueldo bruto.
- Cotización por desempleo: 5,50% en contratos indefinidos y 6,70% en contratos temporales.
- Cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales: el porcentaje depende de las tablas de cotización para cada actividad, pudiendo oscilar entre el 1% para trabajadores de oficina, el 1,85% en el comercio al por menor, el 3,60% en actividades de limpieza y seguridad y el 6,70% en actividades de alto riesgo como la construcción o el transporte por carretera.
- Cotización por formación profesional: 0,60%.
- Cotización al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA): 0,20%
En general la Seguridad Social a cargo de la empresa puede suponer un 30,9% del sueldo bruto para contratos indefinidos y un 32,1% para contratos eventuales.
En contratos eventuales a tiempo parcial subiría un 1% adicional.
Por último y como adelanto normativo, para 2023 está previsto que se incluya un nuevo concepto de deducción en nómina que hace referencia al MEI (Mecanismo de Equidad Intergeneracional) que aduce a una nueva deducción a la empresa (0,5%) y al trabajador en menor medida (0,01%) para hacer frente al mantenimiento del deficitario sistema de Seguridad Social actual español (llenar la hucha de las pensiones, actualmente esquilmada).
EJEMPLO DE COSTE REAL DE UN TRABAJADOR (Caso Práctico)
Pensemos en un Auxiliar Administrativo afecto al Convenio Colectivo de Málaga, cuyo salario adaptamos a número redondos para comprender mejor el cálculo.
Veamos los conceptos salariales cotizables en la nómina del trabajador:
- Salario base: 1.000 euros.
- Paga extra Junio: 100 euros.
- Paga extra Navidad: 100 euros.
- Paga beneficios: 50 euros.
- Plus transporte: 30 euros.
- Compensación por base mínima: 0 euros.
- Total: 280 euros.
En el apartado de deducciones aparecerá:
- Seguros Sociales del trabajador:
- Contingencias comunes: 60,16 euros.
- Otras cotizaciones – formación: 1,28 euros.
- Otras cotizaciones – desempleo: 19,84 euros.
- Total: 81,28 euros.
- IRPF: 9 % sobre (1.280 euros – 81,28) = 115,20 euros.
Líquido nómina: (1.280 euros – 81,28 euros) – 115,20 = 1.083,52 euros.
Veamos los seguros sociales de la empresa:
- Contingencias comunes: 302,08 euros.
- Otras cotizaciones: 93,44 euros.
- Bonificaciones: ninguna. El trabajador contratado no figuraba inscrito como demandante de empleo.
- Total: 395,52 euros.
RESUMEN
SALARIO BRUTO TOTAL EMPLEADO / MES / AÑO 1.280,00 euros 15.360,00 euros
SALARIO NETO TOTAL EMPLEADO / MES / AÑO 1.083,52 euros 13.002,24 euros
COSTE TOTAL PARA LA EMPRESA / MES / AÑO 1.675,52 euros 20.106,24 euros
